El Juzgado de Primera Instancia de Menores de la Segunda Circunscripción Judicial de la provincia, con sede en Clorinda, resolvió adoptar una medida cautelar de carácter urgente destinada a preservar la intimidad y privacidad de un niño identificado en el expediente mediante las iniciales I.J.M.
La decisión fue tomada por la jueza Dra. Nadia Soledad Caballero, luego de un pedido formulado por la Asesora de Menores, Dra. Noemí Teresa Isabel Vera, en el marco de la controversia generada por la situación judicial del menor.
El caso tomó relevancia luego de que la Justicia dispusiera el apartamiento del niño de su madre y su alojamiento en una institución. Posteriormente, el menor se fugó del lugar y logró reencontrarse con integrantes de su familia. Este martes, la magistrada interviniente dispuso nuevamente su derivación a un instituto de minoridad.
La medida fue cuestionada por la abogada Gabriela Neme, representante de la familia, quien manifestó objeciones respecto del procedimiento y señaló que el niño habría relatado situaciones de malos tratos durante su permanencia en la institución.
En las últimas horas, el tribunal hizo lugar al planteo de la Asesora de Menores y ordenó a las abogadas Gabriela Neme y Ethel Ailín Narváez, a la madre del niño, Elena Sandoval, y también a los medios de comunicación, abstenerse de publicar, difundir, reproducir, compartir o divulgar cualquier material que permita identificar al menor, ya sea de manera directa o indirecta.
La prohibición alcanza a fotografías, videos, audios, datos personales, información y cualquier otro contenido que pueda exponer aspectos vinculados con la vida privada e intimidad del niño.
Asimismo, la resolución ordena retirar de las redes sociales todo material relacionado con el menor, incluyendo imágenes, videos, audios, textos, frases, comentarios, carteles o cualquier otra publicación que permita asociarlo o identificarlo.
El tribunal advirtió que el incumplimiento de la medida podrá generar sanciones conminatorias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 804 del Código Civil y Comercial.
Por otra parte, la resolución dispone la intervención del Agente Fiscal en turno, a pedido de la Asesora de Menores, ante la posibilidad de que se haya producido un hecho que pudiera constituir un delito y que haya afectado al niño.
La medida judicial se conoce en medio de una fuerte discusión pública en torno a la situación del menor y a las decisiones adoptadas por la Justicia respecto de su guarda y alojamiento institucional.


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