El gobierno disolvió SENASA y al Instituto Nacional de Alimentos, cual aspiradora, absorbe nuevas funciones en el control de productos procesados

A través del decreto 697/2026, publicado hoy en el Boletín Oficial, el gobierno avanzó con una profunda modificación del sistema de control alimentario. Se trata de la disolución del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y la redistribución de sus funciones: el el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) se quedará con el registro, control y fiscalización de alimentos, mientras que el registro, control y fiscalización de alimentos será quien defina la política alimentaria.

De acuerdo con el Ejecutivo, la decisión se sostiene en que el organismo sanitario “ya cuenta con la infraestructura territorial de control alimentario más grande del país -laboratorios, cuerpo de inspectores y despliegue en todo el territorio nacional para producción primaria e industrial-“, algo que el INAL no tuvo a esa escala. “Se trata de una cuestión de capacidad operativa instalada, no de jerarquía institucional”, justificaron

Lo que trae esta modificación es la eliminación de una frontera clave entre estos organismos. Mientras Senasa se enfocaba en “productos de origen animal y vegetal”, INAL operaba sobre “alimentos acondicionados para consumo directo”. En criollo, los procesados. De acuerdo con el texto publicado hoy, será el organismo sanitario el encargado ahora de controlar y fiscalizar la inocuidad de “los alimentos acondicionados de elaboración nacional o importados en su etapa de acondicionamiento y presentación final para el consumo”.

A esto se suma otro cambio importante vinculado a la simplificación del sistema de control alimentario, eliminando duplicaciones y reduciendo la carga administrativa. En línea con los cambios ya introducidos en enero del año pasado, “se reconocerán por equivalencia las certificaciones de aditivos, coadyuvantes tecnológicos e ingredientes emitidas por países con sistemas de control reconocidos o que aplican el Codex Alimentarius, evitando trámites y evaluaciones duplicadas”.

De esa forma se evitarán evaluaciones y procedimientos duplicados para productos ya autorizados en el exterior y para registros, productos y establecimientos que anteriormente eran evaluados por el INAL y Senasa

El punto que más dudas despierta es, sin embargo, el que habilita controles higiénico-sanitarios y bromatológicos a las importaciones de alimentos envasados para venta directa posteriores a su ingreso. Esto, aseguran apunta a “evitar demoras innecesarias en su comercialización”. Quedan exceptuados los productos que muestren signos de deterioro, inconsistencias documentales o riesgos comprobados para la salud humana, animal o vegetal.

Del mismo modo se facilita la exportación de alimentos, estableciendo que los productos deberán cumplir los requisitos del país de destino y que las certificaciones serán emitidas por un único organismo con reconocimiento internacional.

A estos cambios se suma el establecimiento de una Base Única de Datos a cargo del Senasa, desde la cual se centralizará la información y los registros de productos y establecimientos “para agilizar la gestión y fortalecer la trazabilidad”.

ambién se establecerá un plazo máximo de 45 días hábiles para actualizar el Código Alimentario Argentino (CAA), con el objetivo de “brinda2 mayor previsibilidad, transparencia y agilidad al proceso de modificación de la normativa”.

En cuanto a las nuevas responsabilidades de la cartera de Salud, el gobierno indicó que como “primera prioridad de esta nueva agenda deberá avanzar en la eliminación de colorantes y saborizantes de los alimentos procesados, en línea con estándares internacionales de alimentación saludable”.

Estas modificaciones se encuentran vigentes desde el momento de la publicación del decreto en el Boletín Oficial.

Formosa sienta en el banquillo a otro cazador de yaguareté en un juicio penal clave para la fauna silvestre

El tribunal federal de Formosa abre sus puertas este 25 de agosto de 2026 para dar comienzo al debate oral contra el acusado de haber matado a un yaguareté macho en territorio provincial. El hecho ocurrió el 19 de diciembre de 2022, apenas un día después de los festejos por el campeonato mundial de la Selección Argentina. Las imágenes difundidas por el propio imputado en redes sociales, donde se observaba al ejemplar sin vida ensangrentado sobre la tierra mientras profería insultos y se mofaba del animal, provocaron la indignación de la sociedad y se convirtieron en la prueba medular del expediente.

La segunda vez en la historia judicial del país

El juzgamiento de este caso sienta un precedente de enorme significación para la fauna silvestre argentina. Se trata de la segunda oportunidad en la que la matanza de un yaguareté (Panthera onca) llega a la instancia de juicio penal. La especie ostenta la máxima protección legal al estar declarada Monumento Natural Nacional, pero enfrenta un escenario crítico: los relevamientos en el Gran Chaco argentino dan cuenta de menos de 20 individuos sobrevivientes en toda la región.

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