{"id":10978,"date":"2018-08-26T11:25:51","date_gmt":"2018-08-26T14:25:51","guid":{"rendered":"http:\/\/primiciasclorinda.com\/?p=10978"},"modified":"2018-08-26T11:25:51","modified_gmt":"2018-08-26T14:25:51","slug":"efecto-cuadernos-k-los-detalles-del-proyecto-de-etica-publica-que-enviara-macri-al-congreso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/primiciasclorinda.com\/?p=10978","title":{"rendered":"Efecto cuadernos K: los detalles del proyecto de \u00e9tica p\u00fablica que enviar\u00e1 Macri al Congreso"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">El Gobierno prepar\u00f3 una extensa reforma que contempla novedosas exigencias de disciplina para los tres poderes del Estado; nuevo esquema de declaraciones juradas, r\u00e9gimen de regalos, conflicto de intereses y controles.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Bajo los efectos del esc\u00e1ndalo de los cuadernos de las coimas K -o en funci\u00f3n de dar una imagen de mayor transparencia en el Gobierno, el presidente Mauricio Macri instruy\u00f3 a sus funcionarios a acelerar los retoques al proyecto de ley de \u00e9tica p\u00fablica que presentar\u00e1 en las pr\u00f3ximas semanas al Congreso y contempla un amplio abanico de medidas tendientes a ejercer m\u00e1s control sobre los tres poderes del Estado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El borrador del proyecto de ley de \u00e9tica p\u00fablica al que accedi\u00f3 Infobae ya pas\u00f3 por los filtros de la Oficina Anticorrupci\u00f3n y de un equipo de la Jefatura de Gabinete. Ahora se encuentra en el escritorio de Macri para su \u00faltima revisi\u00f3n y es la gran apuesta de Cambiemos para redoblar los esfuerzos en la lucha contra la corrupci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La iniciativa que promueve el Gobierno cuenta con 78 art\u00edculos, propone una reforma de fondo a la actual ley de \u00e9tica p\u00fablica que aprob\u00f3 el Congreso en 1999 durante el \u00faltimo tramo del mandato de Carlos Menem y apunta a exigir mayor transparencia tanto a los jueces como a los legisladores y funcionarios del Poder Ejecutivo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00abSe trata de un proyecto de ley muy ambicioso, pero que creemos que est\u00e1 en sinton\u00eda con lo que hoy exige la sociedad para un Estado m\u00e1s transparente\u00bb, coment\u00f3 a Infobae un funcionario de la Jefatura de Gabinete que trabaj\u00f3 en el peinado fino de esta iniciativa que ahora enviar\u00e1 Macri al Congreso.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\nEntre los principales temas que contempla el proyecto de ley de \u00e9tica p\u00fablica elaborado por el gobierno figuran los siguientes puntos:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">1- Nepotismo. El proyecto oficial sostiene que los funcionarios p\u00fablicos \u00abno pueden promover ni designar, bajo ninguna modalidad, ni tampoco impulsar o participar en la promoci\u00f3n o designaci\u00f3n de su c\u00f3nyuge o conviviente o de personas con las que posean v\u00ednculos de parentesco en l\u00ednea recta o colateral hasta el cuarto grado o segundo por afinidad, en la jurisdicci\u00f3n en la que cumplen funciones\u00bb. Esta disposici\u00f3n se aplicar\u00eda al Presidente y vice, los ministros funcionarios con rango y jerarqu\u00eda equivalente. Tambi\u00e9n estar\u00e1n alcanzados los diputados y senadores nacionales asi como los magistrados del Poder Judicial y del Ministerio P\u00fablico de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">2-Incumplimientos. Aquellas personas que \u00abno observen una conducta acorde con la \u00e9tica p\u00fablica en el ejercicio de sus funciones, ser\u00e1n sancionados o removidos por los procedimientos establecidos en el r\u00e9gimen propio de su funci\u00f3n\u00bb. A esto se le agrega la responsabilidad penal o patrimonial que les pudiere corresponder.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">3- R\u00e9gimen de declaraciones juradas. Los funcionarios de jerarqu\u00eda del Poder Ejecutivo, los legisladores, jueces, el Defensor del Pueblo, los s\u00edndicos y auditores, el Procurador del Tesoro, funcionarios de jerarqu\u00eda de la Canciller\u00eda, de las Fuerzas Armadas y las fuerzas de seguridad, los rectores de universidades y los directores o funcionarios con rango de los entes descentralizados o aut\u00e1rquicos deber\u00e1n presentar una declaraci\u00f3n jurada patrimonial y de intereses dentro de los treinta (30) d\u00edas h\u00e1biles desde la asunci\u00f3n de sus cargos. Tambi\u00e9n se le exigir\u00e1 la presentaci\u00f3n de declaraci\u00f3n jurada a todos los candidatos titulares a ejercer cargos p\u00fablicos electivos nacionales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">4- Exigencias de las declaraciones. En el proyecto de ley que elabor\u00f3 la Jefatura de Gabinete y que Macri enviar\u00e1 pr\u00f3ximamente al Congreso la declaraci\u00f3n jurada \u00abdeber\u00e1 contener \u2013como m\u00ednimo- una n\u00f3mina detallada de todos los bienes, cr\u00e9ditos y deudas, en el pa\u00eds o en el extranjero, de titularidad del declarante, de su c\u00f3nyuge o conviviente y de sus hijos menores o con capacidad restringida a su cargo\u00bb. Tambi\u00e9n se les exigir\u00e1 el detalle de los ingresos, antecedentes laborales, v\u00ednculos e intereses relevantes del declarante. A diferencia de la ley actual, en este proyecto se plantean m\u00e1s detalles de las declaraciones juradas como los datos identificatorios del c\u00f3nyuge o conviviente e hijos menores o con capacidad restringida a su cargo; bienes inmuebles, sus destinos y sus mejoras; bienes muebles registrables; otros bienes muebles no registrables determinando su valor en conjunto, individualizando a aquellos que superen la suma equivalente a quince (15) salarios m\u00ednimos vitales y m\u00f3viles.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Asimismo, se deber\u00e1 individualizar los derechos sobre bienes intangibles de los que resulte titular; t\u00edtulos, acciones y dem\u00e1s valores cotizables en bolsa o en distintos mercados, con indicaci\u00f3n de cantidad, moneda y valor de cotizaci\u00f3n; participaci\u00f3n en sociedades que no cotizan en bolsa o en explotaciones unipersonales, con indicaci\u00f3n del objeto social y de la cantidad total de participaciones que se posea, su valor de adquisici\u00f3n, su valuaci\u00f3n y la participaci\u00f3n de esa sociedad en otras personas jur\u00eddicas; importe total de los saldos de cuentas o inversiones bancarias o financieras de cualquier tipo en instituciones nacionales o extranjeras, de las que resulte titular, cotitular o beneficiario, consignando su valor en la moneda en la que la misma se encontrare invertida y \u2013en caso de cotitularidad\u2013 el porcentaje de participaci\u00f3n; tenencias de dinero en efectivo en moneda nacional o extranjera, as\u00ed como de cripto-monedas o monedas digitales; datos identificatorios de cajas de seguridad y tarjetas de cr\u00e9dito; cr\u00e9ditos y deudas hipotecarias, prendarias o comunes expresados en la moneda en que se hayan otorgado o tomado, plazos e intereses pactados, destino u origen de los fondos -seg\u00fan corresponda-, e individualizaci\u00f3n del deudor o acreedor indicando el nombre, apellido y n\u00famero de Clave \u00danica de Identificaci\u00f3n Tributaria (CUIT) o Clave \u00danica de Identificaci\u00f3n Laboral (CUIL); bienes y\/o fondos involucrados en fideicomisos de los que participe como fiduciante, fiduciario, fideicomisario, beneficiario y\/o protector, constituidos en el pa\u00eds o en el extranjero, con identificaci\u00f3n del fideicomiso de que se trate y de sus partes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A la vez, se a\u00f1ade a diferencia de la ley de \u00e9tica p\u00fablica actual un mayor detalle de los ingresos de los funcionarios de los tres poderes en cuanto a \u00abingresos anuales efectivamente percibidos, por cualquier concepto, remunerativos o no, derivados del cargo que origina la obligaci\u00f3n de declarar y de otras funciones que desempe\u00f1ara en relaci\u00f3n de dependencia, con especificaci\u00f3n de la actividad que lo genera y las horas dedicadas a ella; ingresos netos anuales relativos al ejercicio individual de actividades independientes y\/o profesionales, o a trav\u00e9s de explotaciones unipersonales; ingresos anuales percibidos, derivados de sistemas previsionales del pa\u00eds o del extranjero y de la seguridad social; ingresos por la venta de cualquier activo; cualquier otro tipo de ingreso, especificando el monto total efectivamente percibido en el a\u00f1o y el origen de dicho ingreso; las personas jur\u00eddicas, fideicomisos o cualquier otra forma contractual de la que resulte ser beneficiario o propietario final; actividades laborales, profesionales, empresariales, de defensa de intereses sectoriales y de bien p\u00fablico, ya sean remuneradas u honorarias, que realice o haya realizado el obligado en los tres (3) a\u00f1os anteriores a la designaci\u00f3n en el cargo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">5-Informaci\u00f3n reservada. En esta cap\u00edtulo del proyecto de ley se contempla que la informaci\u00f3n reservada que se informar\u00e1 deber\u00e1 estar referida a: ubicaci\u00f3n precisa de los inmuebles declarados; los datos que permitan la identificaci\u00f3n de los bienes muebles registrables; la identificaci\u00f3n de los bienes intangibles; los n\u00fameros de cuentas corrientes y comitentes, cajas de ahorro, plazos fijos, cajas de seguridad y tarjetas de cr\u00e9dito, entidad emisora, sus respectivas extensiones, en caso de poseerlas; datos personales del declarante referidos a tel\u00e9fonos, correos electr\u00f3nicos oficial y personal; informaci\u00f3n referida a los padres, hijos mayores y hermanos bilaterales o unilaterales; instituciones de estudio y a\u00f1o de egreso; identificaci\u00f3n de quienes resulten cotitulares de los bienes declarados y su porcentaje de participaci\u00f3n, socios de las sociedades que no cotizan en bolsa, o parte en los contratos declarados por el funcionario as\u00ed como la referida a las sociedades en las que el declarante participa a trav\u00e9s de otras sociedades.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El esc\u00e1ndalo de las coimas K volvi\u00f3 a poner la lucha contra la corrupci\u00f3n en la agenda pol\u00edtica<br \/>\nEl esc\u00e1ndalo de las coimas K volvi\u00f3 a poner la lucha contra la corrupci\u00f3n en la agenda pol\u00edtica<br \/>\n6-Veto a ocupar cargos. Aquellas personas que no hayan presentado su declaraci\u00f3n jurada al egresar de la funci\u00f3n p\u00fablica ser\u00e1n intimadas para que lo hagan en el plazo de 15 d\u00edas y si no lo hacen no podr\u00e1 ejercer nuevamente la funci\u00f3n p\u00fablica durante los 5 a\u00f1os siguientes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">7-Conflicto de intereses. Cuando asumi\u00f3 Macri al poder hubo un arduo debate sobre las acciones que \u00e9l y algunos ministros ten\u00edan de empresas lo que generaba un serio conflicto de intereses. Por este motivo el gobierno realiz\u00f3 un extenso detalle de exigencias en el proyecto de ley de \u00e9tica p\u00fablica en la relacionado al r\u00e9gimen de conflictos de intereses para los tres poderes del Estado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se determin\u00f3 en el texto del proyecto al que tuvo acceso Infobae que \u00abexiste conflicto de intereses en el ejercicio de la funci\u00f3n p\u00fablica cuando concurren a la vez el inter\u00e9s p\u00fablico propio del ejercicio de las funciones con un inter\u00e9s particular, sea o no de car\u00e1cter econ\u00f3mico\u00bb.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se trata de una situaci\u00f3n objetiva que se configura independientemente de la intenci\u00f3n del funcionario de procurarse un beneficio. De esta manera, en el proyecto se dividi\u00f3 los conflictos de intereses que pueden presentarse en forma actual, potencial o aparente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El conflicto de intereses \u00abactual\u00bb es cuando la concurrencia de intereses se produce por el desempe\u00f1o de actividades particulares simult\u00e1neas al ejercicio de la funci\u00f3n p\u00fablica o por la posesi\u00f3n de intereses financieros. El \u00abpotencial\u00bb es cuando la concurrencia de intereses se presenta de manera circunstancial, pues el funcionario tiene intereses particulares que s\u00f3lo eventualmente podr\u00edan concurrir con su funci\u00f3n p\u00fablica. Y el \u00abaparente\u00bb es cuando no se configura ninguna de las situaciones previstas antes pero existe la percepci\u00f3n general de que la imparcialidad de las decisiones que adopte un funcionario podr\u00eda encontrarse afectada.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">8-Restricciones. Una vez determinado estos conflictos de intereses puntuales el proyecto de ley contempla que quien desempe\u00f1e una funci\u00f3n p\u00fablica tiene prohibido, durante el ejercicio de dicha funci\u00f3n, ya sea en forma honoraria o remunerada: realizar una actividad en el \u00e1mbito privado sobre la que como funcionario tenga atribuciones, sean o no decisorias; prestar servicios a quien realiza una actividad en el \u00e1mbito privado sobre la que como funcionario tenga atribuciones, sean o no decisorias; proveer, directa o indirectamente, ya sea en forma personal o vali\u00e9ndose de un tercero, bienes, servicios u obras al organismo en el que ejerce su competencia o a los \u00f3rganos o entidades que act\u00faen en su jurisdicci\u00f3n, aun cuando carezca de atribuciones sobre la respectiva contrataci\u00f3n; representar o patrocinar a litigantes y\/o intervenir en gestiones judiciales o extrajudiciales contra el Estado en asuntos en que los que este sea parte y\/o actuar como perito ya sea por nombramiento de oficio o a propuesta de parte en iguales circunstancias.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por otra parte, se prev\u00e9 que los funcionarios de jerarqu\u00eda igual o superior a la de Subsecretario del Poder Ejecutivo, las m\u00e1ximas autoridades de entes descentralizados y de sociedades en las que el Estado Nacional tenga participaci\u00f3n en un grado suficiente para determinar la voluntad social o para controlarla por cualquier otro medio no podr\u00e1n ejercer, con la sola excepci\u00f3n de la docencia, ning\u00fan tipo de actividad comercial, negocio, empresa o profesi\u00f3n que directa o indirectamente tenga vinculaciones con organismos o empresas nacionales, provinciales y municipales. Tambi\u00e9n estar\u00e1n alcanzados por esa restricci\u00f3n para ejercer profesi\u00f3n liberal o desempe\u00f1ar actividades en las cuales, a\u00fan sin estar comprometido el inter\u00e9s del Estado, su condici\u00f3n de funcionario pueda influir en la decisi\u00f3n de la autoridad competente o alterar el principio de igualdad ante la ley. Y se les prohibe \u00abser socios, asociados, directivos o prestar servicios a instituciones no estatales dedicadas a la defensa o representaci\u00f3n de intereses sectoriales cuyo objeto social resulte concurrente con los intereses p\u00fablicos que desde su funci\u00f3n en el Estado deben tutelar\u00bb.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">9-Obligaciones al asumir. En el proyecto est\u00e1 previsto que si al momento de asumir sus cargos, el Presidente, el vicepresidente, el Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros del Poder Ejecutivo de la Naci\u00f3n y los funcionarios con rango y jerarqu\u00eda equivalente, son titulares de acciones u opciones sobre acciones, bonos o cualquier otro t\u00edtulo valor emitido por sociedades an\u00f3nimas abiertas cuyo objeto social se encuentre sujeto al \u00e1mbito de su competencia o su cotizaci\u00f3n pudiera verse influenciada sustancialmente por los actos que emitan; deber\u00e1n ejercer e instrumentar una de las siguientes opciones dentro del plazo de 180 d\u00edas: a) vender los t\u00edtulos valores o las opciones a un tercero no relacionado; b) constituir un fideicomiso ciego con estrictas prerrogativas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n se les exigir\u00e1 vender las participaciones sociales a un tercero no relacionado; ceder el ejercicio de los derechos pol\u00edticos correspondientes, quedando prohibido para el funcionario emitir instrucciones o indicaciones de ninguna \u00edndole al respecto. Y ning\u00fan funcionario p\u00fablico con jerarqu\u00eda igual o superior a Subsecretario, podr\u00e1 constituir sociedades, ni adquirir directa o indirectamente, ya sea en forma personal o vali\u00e9ndose de un tercero, participaciones en sociedades cuyo objeto social se encuentre sujeto al \u00e1mbito de su competencia o cuya su cotizaci\u00f3n pudiera verse influenciada sustancialmente por los actos que emita.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El funcionario tambi\u00e9n deber\u00e1 abstenerse de tomar intervenci\u00f3n en los asuntos en los que tenga con el interesado, sus mandatarios o letrados un v\u00ednculo de uni\u00f3n conyugal o convivencial o de parentesco hasta el cuarto grado y segundo de afinidad; posea inter\u00e9s o lo tengan el c\u00f3nyuge o conviviente o los familiares dentro del grado expresado en el inciso anterior; se encuentre en sociedad o comunidad con alguna de las partes sus procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese an\u00f3nima; tenga amistad \u00edntima que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato o enemistad manifiesta con el interesado o se encuentre en pleito con el interesado, entre otros requisitos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Oficina Anticorrupci\u00f3n, actualmente dirigida por Laura Alonso, tendr\u00e1 nuevas atribuciones (Foto: Gustavo Gavotti)<br \/>\nLa Oficina Anticorrupci\u00f3n, actualmente dirigida por Laura Alonso, tendr\u00e1 nuevas atribuciones (Foto: Gustavo Gavotti)<br \/>\n10- Disposiciones para legisladores. Hay un cap\u00edtulo especial del proyecto en el que los Diputados y Senadores de la Naci\u00f3n deber\u00e1n comunicar ante la C\u00e1mara que corresponda, sus intereses particulares que tengan vinculaci\u00f3n con las cuestiones que deban ser tratadas en el recinto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">11-R\u00e9gimen de obsequios. Este punto es bastante novedoso ya que se prohibe a quien ejerza una funci\u00f3n p\u00fablica recibir obsequios con motivo o en ocasi\u00f3n del desempe\u00f1o de sus funciones, cuyo valor supere el que la autoridad de aplicaci\u00f3n determine como exiguo. En ello quedan comprendidos los regalos y donaciones de servicios o bienes, incluyendo la cesi\u00f3n gratuita de su uso; las invitaciones, beneficios o gratificaciones y el pago total o parcial de gastos de viaje.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">12-Aplicaci\u00f3n de la ley. El proyecto de \u00e9tica p\u00fablica contempla tambi\u00e9n que cada autoridad de aplicaci\u00f3n tendr\u00e1 las atribuciones de recibir, tramitar y resolver las denuncias por infracciones a la ley; impulsar la instrucci\u00f3n de las actuaciones sumariales pertinentes o realizar la denuncia que corresponda a efectos de deslindar las responsabilidades del caso y la sanci\u00f3n de los funcionarios involucrados, cuando se detecten incumplimientos y dictaminar en forma vinculante si un funcionario se encuentra obligado a presentar declaraci\u00f3n jurada patrimonial y de intereses. Tambi\u00e9n estar\u00e1n obligados a dar a publicidad la informaci\u00f3n requerida.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">13-Exigencias a los candidatos. En el proyecto oficial se prev\u00e9n pautas novedosas que se le exigir\u00e1n a los candidatos a ocupar cargos como tener un informe de la AFIP relativo al cumplimiento de las obligaciones impositivas del candidato; se celebrar\u00e1 una audiencia p\u00fablica a los efectos de evaluar las observaciones y los ciudadanos, las organizaciones no gubernamentales, los colegios, las asociaciones profesionales y las entidades acad\u00e9micas podr\u00e1n, en el plazo de 15 d\u00edas presentar observaciones respecto del candidato.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">14- Enlaces de integridad. Hay un cap\u00edtulo novedoso en el proyecto de ley de \u00e9tica p\u00fablica que impulsa el gobierno que contempla que los organismos que determine la autoridad de aplicaci\u00f3n de la ley deber\u00e1n designar a un \u00abenlace de integridad p\u00fablica\u00bb. Este enlace servir\u00e1 para realizar el seguimiento y monitoreo de la correcta tramitaci\u00f3n de la presentaci\u00f3n de las declaraciones juradas; llevar, junto con la autoridad de aplicaci\u00f3n, un registro del cumplimiento de la ley; brindar asistencia a los solicitantes; promover pr\u00e1cticas de transparencia en la gesti\u00f3n p\u00fablica y participar de las reuniones convocadas por la autoridad de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">15- Publicidad oficial. En el art\u00edculo 73 del proyecto de \u00e9tica p\u00fablica que prev\u00e9 enviar Macri al Congreso se contempla un amplio cap\u00edtulo dedicado a controlar la publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campa\u00f1as de los \u00f3rganos p\u00fablicos deber\u00e1 tener car\u00e1cter educativo, informativo o de orientaci\u00f3n social, no pudiendo constar en ella, nombres, s\u00edmbolos o im\u00e1genes que supongan promoci\u00f3n personal de las autoridades o funcionarios p\u00fablicos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">16-Oficina Anticorrupci\u00f3n. Este organismo, que funcionar\u00e1 como ente aut\u00e1rquico con autonom\u00eda funcional en el \u00e1mbito del Ministerio de Justicia, tendr\u00e1 nuevas atribuciones como impulsar, por iniciativa propia o por denuncia, investigaciones relativas a hechos de su competencia, formular las denuncias que correspondan y constituirse como parte querellante, seg\u00fan los criterios establecidos por sus reglamentos. Tambi\u00e9n estar\u00e1 facultada a: requerir informes a los organismos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, a los organismos privados y a los particulares; citar personas a fin de que presten declaraci\u00f3n, las que estar\u00e1n obligadas a concurrir y podr\u00e1n ser conducidas por la fuerza p\u00fablica en caso de ausencia injustificada; disponer ex\u00e1menes periciales, para lo cual podr\u00e1 requerir la asistencia necesaria a las reparticiones o funcionarios p\u00fablicos y requerir colaboraci\u00f3n a los organismos p\u00fablicos y a las fuerzas de seguridad, las que deber\u00e1n cumplir las directivas que le sean impartidas, entre otras cosas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Fuente: Infobae.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>El Gobierno prepar\u00f3 una extensa reforma que contempla novedosas exigencias de disciplina para los tres poderes del Estado; nuevo esquema de declaraciones juradas, r\u00e9gimen de <a class=\"mh-excerpt-more\" href=\"https:\/\/primiciasclorinda.com\/?p=10978\" title=\"Efecto cuadernos K: los detalles del proyecto de \u00e9tica p\u00fablica que enviar\u00e1 Macri al Congreso\">[&#8230;]<\/a><\/p>\n<\/div>","protected":false},"author":3,"featured_media":9635,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[3],"tags":[393,1934,13],"class_list":["post-10978","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica-economia","tag-corrupcion-k","tag-cuadernos-k","tag-mauricio-macri"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/primiciasclorinda.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/10978","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/primiciasclorinda.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/primiciasclorinda.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/primiciasclorinda.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/primiciasclorinda.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=10978"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/primiciasclorinda.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/10978\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":10979,"href":"https:\/\/primiciasclorinda.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/10978\/revisions\/10979"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/primiciasclorinda.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/9635"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/primiciasclorinda.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=10978"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/primiciasclorinda.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=10978"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/primiciasclorinda.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=10978"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}